¿Es mejor tener la separación de bienes?

  En nuestro Blog de Alonso y Tinoco Abogados, como especialistas en derecho de familia en Badajoz, queríamos aclarar una de las grandes preguntas que nos hacen cuando una pareja contrae matrimonio. ¿Es mejor tener separación de bienes?

 

La elección del régimen económico matrimonial debe responder a los deseos o conveniencia de gestionar la economía matrimonial durante la convivencia. Los regímenes más frecuentes son el de gananciales y el de separación de bienes. También en Extremadura por ejemplo tenemos en determinadas zonas el Fuero del Baylío por el que en el momento de la disolución del matrimonio se hacen comunes todos los bienes.

Tanto el régimen de gananciales como el de separación de bienes responden a una diferente forma de llevar a cabo la economía familiar, y así mientras que en los gananciales todo lo proveniente del trabajo –entre otros- se hace común, cuando optamos por el régimen de separación de bienes las economías de los cónyuges permanecen diferenciadas sin perjuicio de la contribución proporcional a los gastos familiares.

Lo que sí es importante es comprobar que el régimen económico matrimonial elegido responda a los usos de la familia de manera que no resulta lógico optar por un régimen de separación de bienes si finalmente toda la economía tanto la familiar como la personal de cada cónyuge se mezcla y se gestiona de forma conjunta, como si se gestiona de forma independiente a pesar de regir la sociedad ganancial pues tanto una cosa como otra puede acarrear perjuicios para uno y otro cónyuge. En cualquier momento o incluso antes de contraer matrimonio se puede optar de común acuerdo por el régimen que creamos más apropiado realizando capitulaciones matrimoniales ante Notario.

Con la sentencia de separación o divorcio se pone fin al régimen económico del matrimonio de manera que si no se han liquidado los bienes gananciales puede hacerse a continuación o en el propio convenio regulador si hay acuerdo entre las partes.

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