¿Puedo pagarle la pensión directamente a mi hijo mayor de edad?

¿Puedo pagarle la pensión directamente a mi hijo mayor de edad?

La mayoría de edad de los hijos los convierte en responsables y dueños de su destino jurídicamente hablando. A veces se ha pensado que la pensión de alimentos se extingue por el mero hecho de que los hijos cumplan 18 años. Es verdad que hay diferencias entre las pensiones de alimentos para los hijos menores de edad y cuando su destinatario es ya mayor, pero ¿hasta el punto de que es quien debe recibir la pensión? Vamos a verlo.

En la mayoría de los casos que nos plantean los clientes, resulta que se acordó –de mutuo acuerdo o judicialmente- una pensión de alimentos para el hijo que, en determinado importe, el progenitor no custodio había de abonar al progenitor custodio, en la cuenta bancaria que designase, dentro de los cinco primeros días de cada mes; y con el transcurso del tiempo, el hijo ha adquirido la mayoría de edad.

Hay que tener en cuenta que la pensión establecida judicialmente es de obligado cumplimiento y esa obligación alcanza también la cantidad, el tiempo y lugar de pago. Es decir: si la sentencia estableció que el pago ha de realizarse a la madre, solo se verá cumplida si se le abona a la madre.

No es extraño que llegue a nuestro despacho una consulta de un cliente en este sentido o que, o ante el impago de la pensión, la otra parte se excuse en haber satisfecho el pago directamente al hijo.

También nos hemos encontrado con que tras varios meses de abono directo al hijo, nos enfrentamos a una demanda de ejecución, ¿qué hacer en estos casos?

El Juzgado de Familia de Badajoz lo tiene claro y considera que si ha existido una entrega de dinero al hijo, lo es por mera liberalidad porque salvo acuerdo entre las partes, el abono de las pensiones de alimentos ha de verificarse en los términos que indique la sentencia, con lo que la mayoría de edad del hijo, no cambia automáticamente una resolución judicial y por ello para abonar directamente la pensión al hijo ha de existir acuerdo entre las partes.

Por tanto, antes de modificar el pago de la pensión, ponte en contacto con nosotros. En Alonso y Tinoco Abogados de Familia en Badajoz, estamos encantados de asesorarte en esta y en todas las cuestiones del Derecho de Familia que necesites.

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