Cuando tenemos pendiente que nuestra ruptura familiar se regule judicialmente, es normal que nos inquietemos ante la solución que el juzgado le pueda dar a nuestra vida y a la de nuestros hijos. Si bien es comprensible que la incertidumbre nos incomode, lo mejor es tener un conocimiento real y suficiente para manejar la situación.
En primer lugar, tenemos que saber por qué tenemos un juicio de medidas provisionales.
Saberlo implica comprender el proceso que estamos viviendo; para ello, infórmate con tu abogado. No es que la experiencia de tu mejor amiga o un compañero de trabajo no sirva para nada, pero nunca podrás comparar lo que te cuente un profano en la materia, que te hablará seguramente de sus emociones y de su caso particular que, aunque lo parezca, igual no es el mismo que el tuyo, ni la solución tiene que ser necesariamente la misma. Cada familia es un mundo. Escucha a tu abogado, que no solo es quien tiene los conocimientos técnicos y la experiencia suficiente, sino que además es quien va a dirigir tu defensa.
Parece mentira, pero también es importante saber dónde tenemos ese juicio de medidas provisionales.
No nos referimos solamente a que sepas que es en el juzgado, sino que has de saber además en qué juzgado concreto lo tienes y en qué dirección está. Te sorprendería saber la de gente que, por no ubicar bien dónde ha de presentarse, llegan tarde, nerviosos o desorientados y eso, obviamente, puede influir en que no se encuentren en plenas facultades.
Cuando vamos a enfrentarnos a una situación estresante, también hay que conocer quién debe asistir al juicio de medidas provisionales.
Es normal que quieras que tu familia y amigos se ofrezcan a apoyar tu causa o a acompañarte, pero debes saber que es responsabilidad de tu abogado determinar qué testigos y peritos deben comparecer, y en relación con tus acompañantes es mejor que lo consultes con tu abogado, porque en ocasiones puede significar perder la concentración por estar pendientes de ellos.
Qué se hace en una vista de medidas provisionales.
Fundamentalmente fijar las posiciones jurídicas de las partes, proponer y celebrar las pruebas e informar al juez, realizando un resumen, del resultado de la prueba en los aspectos que refuerzan la posición de cada parte.
¿Se sabe el resultado a continuación?
Salvo que se haya llegado a un acuerdo, no. El Juez ha de valorar las pruebas, ordenarlas jurídicamente, decidir y redactar el Auto que notificará a las partes.
En Alonso y Tinoco Abogados de Familia en Badajoz, queremos que nuestros clientes puedan comparecer a sus juicios de medidas provisionales tranquilos. Hemos desarrollado un método único y de elaboración propia, con el objetivo de que nuestros clientes puedan comparecer ante los juzgados con todo el conocimiento y la seguridad que les trasmitimos.
Gracias por el post.
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